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POR LO MENOS LA MITAD DE LA MARIHUANA QUE SE CONSUME
EN ESTADOS UNIDOS SE PRODUCE EN ESTADOS UNIDOS

De paso, ellos se preocupan por el tráfico de drogas hacia Estados Unidos, certifican a los países o no los certifican -a los que, según ellos, se comportan de un modo adecuado en reprimir el movimiento de drogas hacia Estados Unidos-; pero es que aquí el informe reconoce que "con mucho" -estoy citando- "en Estados Unidos la droga más popular es la marihuana." Eso está en la página 323; pero en la página 328, del mismo informe, aclara que "por lo menos la mitad de la marihuana que se consume en Estados Unidos se produce en Estados Unidos." De manera que Estados Unidos se ha dicho muchas veces que es el principal consumidor, el destino, el mercado que atrae la droga de otras partes del mundo por su alto nivel de consumo.

Sí, es verdad que es el primer consumdor, pero también es uno de los más importantes productores, si no el primero, en algunas de estas drogas, y el único respecto al cual se ha denunciado en la prensa, y se ha denunciado por un grupo de representantes del pueblo, de legisladores, que hay responsabilidad oficial del gobierno, de la CIA, y, además, del Departamento de Justicia, la ha habido, hubo, para mantener contactos con narcotraficantes, e incluso para permitir y facilitar que distribuyesen la droga dentro del propio territorio de Estados Unidos.

Ahora ellos tienen la oportunidad. Otra administración que no fue aquella del Irán-contra tendría la posibilidad ahora de limpiar un poco el expediente dando el primer paso, que es explicar quiénes son sus amigos, cuyos nombres se mantienen ocultos, y tomar realmente medidas. Vamos a ver qué pasa, y si la señora Albright vuelve por Miami para conversar con los periodistas y dar los resultados de lo que haya ocurrido.

Compañeras y compañeros, en la ley que aprobamos esta tarde, en los Por Cuanto se da una explicación sumaria de lo que ha sido una realidad desde el primer día del triunfo de la Revolución. Cuando decimos que desde 1959, pudiéramos decir que ese informe de la CIA en realidad se refiere a la primavera de 1959 y que desde entonces, desde entonces, el gobierno de Estados Unidos al aprobar lo que llamaron el "Proyecto Cuba" decidió tratar de crear una "oposición a la Revolución dentro de Cuba" y "organizar un exilio" contra la Revolución Cubana. Y ahí están los datos, lo que pagaron en salario a los llamados jefes de esa contrarrevolución; lo que gastaron en publicaciones, como una revista "Bohemia" que estuvieron sacando por allá afuera durante algún tiempo; lo que gastaron en trasmisiones radiales en aquellos primeros tiempos, en 1959, lo que han seguido haciendo y multiplicando después.

Lo que este párrafo está subrayando es el hecho de que ese intento de destruir a la Revolución Cubana, usando la presión externa y la subversión interna, ha estado presente desde el comienzo de nuestro proceso revolucionario. Lo que ha ocurrido después es que han pasado al plano de extender a nivel legislativo lo que estuvieron haciendo desde el primer día, que lo han proclamado como política del Estado, y que además ahora, con estas últimas medidas de enero, pretenden convertir a la sociedad norteamericana, al pueblo norteamericano, en cómplice de la aplicación de esa política.

En Estados Unidos, por otra parte, existen muchas leyes que no tengo tiempo ahora para analizarlas todas, muchas leyes, que reprimen muy fuertemente cualquier vinculación entre un ciudadano norteamericano y una potencia extranjera; no solo una potencia extranjera, un gobierno extranjero, un partido político extranjero, un movimiento internacional, una persona extranjera. La Ley Voorhis de 1940; la Ley de Registro de Re-presentantes Extranjeros; la Ley de Seguridad Interior de 1950, que envió a la cárcel a muchos comunistas, que sacó de su trabajo a muchos trabajadores, que hizo que desapareciera el movimiento sindical clasista, independiente en Estados Unidos, que lanzó a la miseria a tantos artistas, a tantos intelectuales norteamericanos que los excluyó de su profesión; la Ley de Campañas Federales Electorales que prohíbe cualquier regalo, dinero u objeto a cualquier candidato de Estados Unidos de parte de cualquier persona del exterior.

Todavía ellos andan discutiendo a ver cómo bregan con algunos escándalos que les han ocurrido, porque algunos candidatos, aparentemente, recibieron algo de fuentes externas.

Sobre esto lo que quiero decir hoy son dos puntos: No se vaya a creer que las restricciones norteamericanas, sus prohibiciones a los contactos con el exterior, son algo que ocurrió en el marco de la guerra fría, como consecuencia del enfrentamiento ideológico, etcétera. No, compañeros, el primer proponente de la primera ley represiva en Estados Unidos se llamaba George Washington; antes que él no hubo ningún otro presidente en aquel país, no había Estados Unidos todavía, y la primera ley de ese carácter acaba de cumplir su bicentenario. En enero de este año, cumplió 200 años de haber sido promulgada la Ley Logan en Estados Unidos; pero no es una ley de archivo, no es para los museos.

Les voy a leer aquí el texto de la ley como está hoy, que aparece recogida en el capítulo 45, del título 18, de Crímenes y procedimientos criminales. Dice así: "Cualquier ciudadano de los Estados Unidos, dondequiera que se encuentre, quien sin autorización de los Estados Unidos, directa o indirectamente, establezca o tenga correspondencia o cualquier forma de intercambio con un gobierno extranjero, o un funcionario, o un agente de un gobierno extranjero, podrá ser multado hasta 5 000 dólares y enviado a prisión por hasta tres años." Desde enero de 1799 hasta enero de 1999, en Estados Unidos se castiga, no muy suavemente, "el delito" de tener correspondencia o cualquier tipo de comunicación, de contacto, con un gobierno extranjero o con un agente extranjero.

¿Y por qué se le ocurrió a George Washington que hacía falta esa ley? ¡Ah!, porque hubo un señor llamado Logan que tuvo la osadía de escribir algunos artículos, en algún periódico de Estados Unidos, opinando que no era indispensable que Francia y Estados Unidos fueran a la guerra, que era un problema que había en aquel momento sobre el tapete. Alegando que esas ideas las tenía el señor Logan por sus amistades francesas, inventaron el delito de tener correspondencia o algún tipo de contacto con el exterior, que está en pie, porque lo que leí es el texto como quedó después que le hicieron algunas pequeñas modificaciones en 1994.

Ese es un punto, que desde el nacimiento de Estados Unidos, aunque en su hipocresía se presentan como el paraíso de la libertad, del liberalismo, etcétera, también tienen esta tradición represiva, durísima, contra no ya el intento desde el exterior de subvertir la sociedad norteamericana, o de conspirar, sino el contacto, cualquier contacto o comunicación con un gobierno extranjero.

El otro punto que es importante subrayar, compañeras y compañeros, es que de todas estas regulaciones o de todas estas normas contra los contactos entre norteamericanos y gobiernos extranjeros, la más explícita y la más dura es el bloqueo de Estados Unidos contra Cuba. Las regulaciones del bloqueo norteamericano contra Cuba, que existen desde los años sesenta, que aparecen dentro del Código de regulaciones federales, título 31, sección 515, son las que prohíben el comercio, el transporte, pero no solamente eso; han prohibido, desde el primer día, cosas como esta que voy a leer rápidamente: "Que cualquier ciudadano de Estados Unidos reciba cualquier cantidad de dinero procedente del gobierno cubano o de un nacional cubano."

Prohíbe "que cualquier ciudadano de Estados Unidos reciba cualquier objeto de valor procedente del gobierno cubano o de un nacional cubano". Esta prohibición es totalmente ilimitada, implicaría, por ejemplo, la prohibición de recibir una máquina de escribir, una máquina de fax, tinta, bolígrafos, papeles, etcétera.

Prohíbe "la importación por parte del ciudadano de Estados Unidos de cualquier objeto de origen cubano".

Prohíbe "el establecimiento por parte del ciudadano de Estados Unidos de cualquier acuerdo legítimo o contractual con el gobierno cubano o con cualquier nacional cubano, exista o no exista un documento que recoja e acuerdo".

Prohíbe "al ciudadano de Estados Unidos actuar o proponerse actuar" -estoy citando textualmente la regulación- "directa o indirectamente en beneficio o a nombre de un nacional cubano o el gobierno cubano".

Prohíbe "al ciudadano de Estados Unidos proporcionar cualquier servicio al gobierno cubano o a un nacional cubano, bien sea sobre la base voluntaria o con arreglo a remuneración". De igual forma las regulaciones prohíben "al ciudadano de Estados Unidos recibir cualquier servicio del gobierno cubano o de un nacional cubano". Servicios se define en el sentido más amplio.

"Cualquier violación a cualquiera de estas regulaciones es un delito grave, sancionable con prisión de hasta 10 años" -compárenlo con la nuestra-; pero no por buscar información clandestina, no por promover el derrocamiento del gobierno norteamericano, no por hacer la subversión en Estados Unidos, sencillamente por cualquier vínculo con Cuba por parte de un norteamericano, 10 años de prisión "y multa de hasta 250 000 dólares si se trata de un individuo, o de un millón de dólares si se trata de una corporación". Por supuesto, la confiscación de propiedades es una sanción accesoria que va siempre para cualquier violación del bloqueo contra Cuba.

Posteriormente, con estas leyes anticubanas que mencionamos en los Por Cuanto, agregaron algo más. Esto que acabo de decir es a lo que puede ser condenado un ciudadano americano: 10 años de prisión, 250 000 dólares de multa, porque un tribunal así lo decida; pero sin que lo decida tribunal alguno, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos tiene autoridad para imponer una multa administrativa de hasta 55 000 dólares por cada violación. Esto no es una cuestión meramente teórica, no es una cuestión hipotética.

Aquí está, por ejemplo, lo que dijo el señor Michael Kozack en una entrevista a una televisora norteamericana, el jefe de la Sección de Intereses de Estados Unidos aquí en La Habana. Esto fue el año pasado, en agosto de 1998, y él habla de unas 300 personas que habían sido multadas. Esta facultad de imponer la multa viene de la Helms-Burton, los 55 000 dólares. Bueno, han trabajado bastante rápido: hay más de 300 personas multadas y varios casos de procesos ante tribunales de Estados Unidos.

ESTADOS UNIDOS SE HA APARTADO DE LO QUE ES UNA NORMA Y UNA TRADICION
DEL PENSAMIENTO JURIDICO

Cuando el año pasado anunciaron que estaban haciendo unas medidas "flexibilizadoras" -recuerdan, igual que ahora, el año pasado también hablaron de lo mismo, en marzo-, bueno, una de esas medidas fue esta, por la cual agregaron una nueva restricción, y aquí que hay tantos juristas piensen en lo siguiente: en que, con relación a Cuba, Estados Unidos se ha apartado de lo que es una norma y una tradición del pensamiento jurídico: "Toda persona" -estoy leyendo ahora de las regulaciones actuales del Departamento del Tesoro, como consecuencia de aquella "flexibilización"- "sujeta a la jurisdicción de Estados Unidos que haya viajado a Cuba sin autorización de la Oficina de Control del Departamento del Tesoro, se considera automáticamente involucrada en transacciones prohibidas âen relación con los viajes. Esto es válido, incluso, en los casos de invitados con todos los gastos pagados, quienes deben demostrar su inocencia mediante declaración jurada y documentos probatorios."

El señor Kozack, en su entrevista -él también es abogado-, dijo: "Ahora ha habido un cambio" -estoy citándole a él ahora- "en las regulaciones para crear la presunción de que si usted fue a Cuba, usted violó las regulaciones." prohibición es gastar dinero en Cuba. Si usted va a Cuba, en cualquier forma que sea, se le considera culpable. En otras palabras: El que viole las regulaciones con relación a Cuba es culpable, salvo que demuestre lo contrario. Se abandona el principio clásico de que la persona es inocente, salvo que se le demuestre culpable. Es así en Estados Unidos para cualquier otra cosa, excepto para lo que se refiera a apartarse en cualquier sentido del bloqueo contra Cuba.

El New York Times, el 31 de enero, informó que existían en ese momento 16 procedimientos criminales contra ciudadanos norteamericanos acusados de violar estas regulaciones del bloqueo contra Cuba y 379 casos separados de multas impuestas con relación a estas restricciones.

Al día siguiente —estamos hablando ya del 1 de febrero de este año—, después de toda la maniobra publicitaria acerca de supuestas medidas “flexibilizadoras”, creando una impresión falsa de que el bloqueo se estaba aflojando, el vocero del Departamento de Estado comenta acerca de este artículo del New York Times y dice lo siguiente:

“Todos aquellos que gastan dinero en Cuba sin los requerimientos y autorización del Departamento del Tesoro están sujetos a penas civiles y criminales.

“El Departamento de Estado señaló que los que violan las leyes para visitar Cuba pueden enfrentar una condena de 10 años en prisión y hasta 250000 dólares” —lo que ya ustedes sabían, yo lo había dicho.

“El Departamento del Tesoro encargado de hacer el rastreo e investigación de los estadounidenses que ilegalmente viajan a Cuba, se negó a revelar el número de estadounidenses que han sido castigados por este delito o de los que esté investigando.

“La administración del presidente William Clinton subrayó que la autorización legal para viajar a Cuba está restringida a personas que buscan incrementar el contacto con los cubanos para la democratización de Cuba, pero con previa autorización del Tesoro.” Es decir, el que no se preste, el que no sea un norteamericano que esté dispuesto a comprar a un cubano, como diría el compañero Fidel, no tiene derecho a tener contactos con Cuba, a viajar a Cuba.

Han estado buscando desde el primer día utilizar a las personas norteamericanas como instrumentos de su política contra Cuba; estarían así dividiendo a la sociedad norteamericana entre cómplices de la guerra contra Cuba y víctimas de la guerra contra Cuba, porque también los norteamericanos —como les he expuesto— son castigados y reprimidos por más de una de estas acciones.

Compañeras y compañeros:

Creo que no es posible concluir esta reunión, salvo declarar formalmente terminado el período de sesiones. Pero si hay una ocasión en la que no se puede hablar de conclusión, de término, es en una reunión como la que hemos celebrado ayer y hoy, porque lo que hemos hecho no solamente significa reafirmar nuestro espíritu de resistencia, reafirmar nuestra voluntad de seguir resistiendo y de seguir luchando por preservar y por salvar nuestra independencia y nuestra Revolución, sino que hemos establecido un compromiso que nos obliga a redoblar el trabajo y a redoblar el esfuerzo hacia adelante.

Aquí no concluye nada, aquí realmente estamos dando paso a una nueva etapa de lucha y de combate consecuente, para el cual la Asamblea Nacional no solamente tiene que autoconvocar a cada uno de sus diputados, sino que tenemos que invitar y convocar a todo nuestro pueblo trabajador, a nuestro pueblo heroico y abnegado, a librar una lucha contra el delito, una lucha contra los vicios del capitalismo, una lucha contra los vicios de esa sociedad que nosotros supimos superar y que desde afuera hoy tratan€ de introducir y de emplear, como medio de debilitarnos y de destruir la Revolución como parte de la estrategia que han aplicado desde el primer día, y a nuestra lucha contra esa política anexionista y contrarrevolucionaria, que se funde la una con la otra, se funde un fenómeno con el otro y que nosotros seremos capaces de derrotar con la acción sistemática y consecuente, no solo con las leyes como las que hemos aprobado hoy, conscientes de que esas leyes son parte indispensable de una lucha más integral.

Por eso, compañeras y compañeros, terminemos el período de sesiones con la voluntad no de concluir, sino de reanudar y de extender el combate.

¡Hasta la victoria siempre!

Muchas gracias.

(OVACION)


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