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DIGITAL. La Habana. Cuba
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por Comandante Valle, Orlando González, Pedro Celestino Sánchez Figueredo, Bernardo Corrales Camejo y, entre otros más, José M. Olivera Rodríguez y Francisco Robaina Domínguez, conocido por Machete, bandas que agruparon cuatrocientos elementos opuestos a la Revolución; y en la provincia de La Habana, llegaron a existir sesenta bandas pequeñas cuyos jefes más connotados fueron José Fernández Chávez, Prudencio Blanco, conocido por Puro Sosa, Filiberto Coto, conocido por el Pipero, Fausto Cardó, El Indio, Ramón Montenegro y el Guajiro Martínez; en la provincia de Matanzas accionaron cuarenta y ocho bandas que aglutinaron unos seiscientos bandidos y colaboradores, destacándose por sus crímenes las comandadas por José Manuel Santamaría Rodríguez, conocido por Papito, Juan José Catalá Coste, conocido por el Pichi, Gerardo Fundora Núñez, Erelio Peña Fernández y la de Jorge Fundora, quien era agente de la CIA; y todas esas bandas, aunque en menor medida, se extendieron hasta la provincia de Oriente, pasando por Camagüey, realizando hechos vandálicos de tal magnitud como fueron la quema de cañaverales, el sabotaje a los servicios públicos, así como el ataque a poblados y zonas rurales indefensas, donde asesinaron a sus pobladores, como es el caso de la familia Pío Romero, masacrada de modo tal que quedó prácticamente extinguida por el actuar de las mismas, al irrumpir en su humilde vivienda el tristemente célebre Carretero, que haciendo total y absoluta abstracción de que se trataba de personas de avanzada edad y enfermas, las acribilló a balazos y bayoneteó a José Pío Romero Rojas, a su hermana Ana Romero Rojas, que sufría en aquel instante un ataque epiléptico, a la que además le destrozaron uno de sus senos, muriendo también Eustaquio Polo Romero, sobrino del primero, y recibiendo la esposa de José Pío un culatazo que le fracturó uno de sus omóplatos, y a otra de las hijas del matrimonio, de apenas catorce años, le quebraron la clavícula y a la otra, de un golpe de fusil "casi le arrancan un seno", como afirma Bartolo Rafael Romero Rojas, testigo presencial del hecho descrito y miembro de la familia agredida, lo que corroboran además los testigos que en el acto depusieron, nombrados Abilio Riquelme Casañas y Emilio Efraín Hernández Pérez, o el caso de la familia de Fidel Claro Álvarez, quien era administrador de una finca y, por su apoyo a la Revolución, los bandidos el día veintiuno de julio de mil novecientos sesenta y uno asaltaron su casa, dándole muerte a él, a su esposa María Luz, que estaba embarazada, y a quien como afirma el testigo ya mencionado Emilio Efraín Hernández Pérez "le desbarataron el vientre y le sacaron el feto de cinco meses [...] contando un total de cuatrocientos impactos de bala en dos o tres metros" , así como causando heridas de bala en la cabeza al menor Edilio de nueve años, que sufre aún las secuelas del daño provocado, lo que igualmente afirma el propio Fidel Claro Granela, hijo del asesinado campesino; pero los bandidos no se detuvieron ahí, y aprovechando que en Cuba se llevaba a efecto una de las obras más humanas nunca antes vista, como resulta ser la noble tarea de alfabetizar para enseñar a leer y escribir a los pobladores de la Isla que no habían tenido esa oportunidad, incluyendo a aquellos que habitaban los lugares más recónditos, comenzaron, con el evidente propósito de sembrar el terror para sabotear la Campaña de Alfabetización, a masacrar y asesinar, y así, el cinco de enero de mil novecientos sesenta y uno asesinaron al joven maestro voluntario Conrado Benítez García en unión del campesino Eliodoro Rodríguez Linares, en Las Tinajitas, San Ambrosio, Trinidad, Sancti Spíritus, hecho macabro ejecutado por la banda de Osvaldo Ramírez García; y el tres de octubre de ese propio año, el maestro Delfín Sen Cedré en unión del campesino Tomás Hormiga fueron apresados y torturados salvajemente en la finca Novoa, Quemado de Güines, Las Villas, por la banda de Margarito Lanza Flórez, conocido por Tondike, llegando al extremo de, aún con vida, mutilarles sus genitales y lengua, para finalmente ahorcarlos con alambre de púas, de todo lo cual se arriba a la convicción por los testimonios de Aníbal Velaz Suárez, Eugenio Trujillo Hernández, Juan Collazo Trueba y Angel Eustaquio Moreno Urquiza, saña monstruosa que se evidencia, además, en el trato que recibiera el adolescente Manuel Ascunce Domenech, cuyo único delito fue el de ser el maestro de una casa de campesinos, concretamente la de Pedro Lantigua Ortega, quien junto a éste resultó asesinado el veintiséis de noviembre de mil novecientos sesenta y uno en la finca Palmarito, Río Ay, Trinidad, Sancti Spíritus, particular este que se corroboró con la declaración de los testigos Jacinto Lantigua de la Viña, Evelia Domenech Sacerio, Eugenio Trujillo Hernández, Manuel Monteagudo Consuegra y Tomasa del Pino Suárez, así como con el elocuente testimonio de Orlando Lorenzo Castro.
CONSIDERANDO: que incontables son los casos en que se aprecia el esfuerzo de esos elementos a los que se hace referencia en los considerandos precedentes, por alcanzar sus viles propósitos, y así la historia ha recogido lo que de forma contundente e irrebatible quedó harto probado ante esta Sala, que confirma el hecho triste pero notoriamente conocido de que los niños cubanos también fueron víctimas de aquellos atropellos por el actuar ilícito del demandado, que, conociendo los resultados de su acción, lejos de evitar más derramamiento de sangre continuó incitándola, y por esas razones ocurrieron otros hechos como el caso del ametrallamiento de un jeep que circulaba el diez de octubre de mil novecientos sesenta por la carretera de Madruga a Ceiba Mocha, producto del cual perdió la vida Reynaldo Núñez-Bueno Machado, de veintidós meses de nacido, conjuntamente con su madre, crimen que fuera perpetrado por la banda de Gerardo Fundora; y lo ocurrido a los hermanos Yolanda y Fermín Rodríguez Díaz, de once y trece años de edad respectivamente, que fueron asesinados el veinticuatro de enero de mil novecientos sesenta y tres en la finca La Candelaria, Bolondrón, Pedro Betancourt, Matanzas, por la banda de Juan José Catalá Coste; e igual suerte corrió el joven Andrés Rojas Acosta, ahorcado el trece de marzo de mil novecientos sesenta y dos en San Nicolás de Bari, La Habana, con la misma soga que estaba utilizando para amarrar su cerdo, crimen que fuera cometido por la banda del mercenario Waldemar Hernández; o el del cuatro de marzo de mil novecientos sesenta y tres, realizado por el bandido Delio Almeida, quien, en represalia ante el lícito, legítimo y genuino actuar en defensa de la Patria de las Milicias Nacionales Revolucionarias, dio muerte al niño Abilio Sánchez Rodríguez de diez años de edad, siendo destacable por su carácter abominable y monstruoso el fallecimiento en Vertientes, Camagüey, de los menores Xiomara, Elcida y Pedro Tomás, de cuatro, siete y ocho años de edad respectivamente, quienes resultaron destrozados al estallar el cuatro de abril de mil novecientos sesenta y nueve una granada de fragmentación con la que inocentemente jugaban luego de encontrarla en un escondite entre los arbustos, donde la había guardado junto a otras tres el contrarrevolucionario Alejandro Blay Martínez, quien a su vez las había recibido en mil novecientos sesenta y uno del también contrarrevolucionario Pedro Algimiro Brizuela González, miembros ambos de la organización Movimiento Demócrata Cristiano, obviamente de carácter terrorista, que en su primera etapa colaboró abiertamente con el bandidismo, prueba de cada uno de los particulares expuestos que constan de las actuaciones, de modo especial por documentos, que obligan a este Tribunal a presumir que la realidad histórica ha de convertirse por la presente en verdad jurídica y, en consecuencia, tiene fuerza de ley.-
CONSIDERANDO: que en igual sentido los deponentes y documentos examinados permiten al Tribunal que resuelve aseverar que los mismos elementos integrantes de las bandas a que se ha hecho alusión en los considerandos que anteceden, dieron muerte el quince de noviembre de mil novecientos sesenta y dos al joven de diecisiete años Jesús Sardiñas Álvarez, que estando herido fue quemado vivo en franco olvido del más preciado de los valores como resulta ser la vida humana, lo que se refleja también en el asesinato del humilde campesino José Taurino Galindo, quien una vez torturado fue atrozmente asesinado por el sólo motivo de simpatizar con el proceso revolucionario, y por ello hasta le cercenaron sus genitales y su lengua y posteriormente lo colgaron con alambre de púas, habiendo recibido en su cuerpo múltiples heridas de bayoneta y punzonazos, hecho que se corrobora con la declaración de los testigos Eugenio Trujillo Hernández y Juan Collazo Trueba, unido además a la correspondiente certificación de su defunción que consta de autos; o el incivilizado y sangriento hecho llevado a cabo por integrantes de la banda de Tomás San Gil, que el quince de septiembre de mil novecientos sesenta y dos apresaron a tres dirigentes de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP) que viajaban en funciones propias de su trabajo y les dieron muerte no sin antes haberlos castrado, sacados los ojos y propinado múltiples bayonetazos, enlutando así a otras tres de las tantas familias cubanas que hoy representan las organizaciones demandantes, hechos que también se acreditan mediante las declaraciones prestadas por los testigos Juan José González Pérez y Belisario Dionisio Izquierdo Camacho; aberraciones las expuestas que se reiteran en el caso del fallecimiento del campesino Bernardo Jiménez Núñez, padre de seis menores, que después de haber sido torturado fue ahorcado en el portal de su propia casa, donde lo encontró su esposa María Cristina Fuentes Rosabal, que manifestó haberlo visto salir un rato antes, en la madrugada, a buscar la leche y el sustento de su familia, y cuando lo volvió a ver ya era cadáver; o la no menos triste noticia para la familia Arcos Luque del fallecimiento de su hijo Alberto, de veintiún años, quien el veinticuatro de mayo de mil novecientos sesenta y cinco en un lugar conocido como Río La Gallina, Manatí, Las Tunas, en una acción de cerco, fue herido en un tobillo y desarmado, para finalmente ser rematado por uno de los bandidos, impidiéndole conocer a su hijo que estaba por nacer, demostrando con ese actuar inhumano la falta de ética de la bandidesca engendrada por el Gobierno norteamericano, que de una u otra forma se hace presente en la muerte de un total de quinientas cuarenta y nueve personas y la incapacitación física de otro gran número, de los cuales sobreviven a la fecha, tal y como aseveran los demandantes, doscientas personas, como por ejemplo, el miliciano De La Hoz, que a consecuencia de las lesiones recibidas quedó cuadraplégico, o del también miliciano Gregorio Roberto Triana Cabrera, herido a los quince años y al que hubo que amputarle una pierna a la altura del muslo, habiendo quedado incapacitado de por vida, o Juan Francisco Rodríguez Crespo, quien producto del bandidismo perdió el brazo derecho al caer en una emboscada, o Víctor Manuel Ja Morales, que tiene la pierna derecha amputada en el tercio medio superior y motivó su incapacidad total para desempeñar sus labores habituales, limitándolo en el desarrollo de su vida laboral y social, hechos estos últimos que, entre otros muchos más, constan de la prueba de reconocimiento judicial oportunamente practicada por este órgano jurisdiccional unido a la declaración de los testigos que en el acto depusieron.
CONSIDERANDO: que, pese a lo expuesto, a partir de mil novecientos sesenta y tres muchas bandas contrarrevolucionarias perdieron beligerancia al producirse su desarticulación debido a la persecución revolucionaria, que a través de las Milicias Nacionales Revolucionarias y el Ejército Rebelde, integrados en la Lucha Contra Bandidos (LCB), les impedían subsistir y les hacían perder contacto con la CIA, pues los agentes que ésta enviaba eran capturados, y es así que los principales cabecillas de las bandas contrarrevolucionarias buscaban afanosamente la salida del país, pues la descomposición moral de éstas alcanzó su más alto grado, y entre mil novecientos sesenta y cuatro y mil novecientos sesenta y cinco se apresaron los últimos bandidos, siendo decisivo el papel además desempeñado por los combatientes del Ministerio del Interior, que, en no pocas oportunidades, con riesgo aún para sus propias vidas, pusieron al descubierto a las referidas bandas pues era indispensable para la tranquilidad ciudadana, al realizar un trabajo de penetración y obtención de información para su ubicación y cerco, por la característica nómada de los bandidos, que presentaban combate exclusivamente cuando trataban de escapar, todo lo cual quedó acreditado igualmente con la declaración ofrecida por los testigos, que con el carácter de voluntarios comparecieron ante éste órgano jurisdiccional.
CONSIDERANDO: que es un hecho notorio, y que releva a los actores de su probanza, el que la invasión mercenaria de Playa Girón constituyó la primera gran derrota del imperialismo norteamericano en América Latina y demostró a la vez la heroicidad y capacidad combativa del pueblo cubano, y al propio tiempo constituye una prueba más de las agresiones que de modo sistemático ha ejecutado el Gobierno de los Estados Unidos de América contra la Nación cubana, todo lo cual demuestran las pruebas de documentos y testigos practicadas por la Sala, y fundamentalmente el "Informe del Inspector General de la CIA", Lyman Kirkpatrick, al que se refiere el segundo de los considerandos de esta sentencia y que fuera redactado unos meses después de la invasión por la Bahía de Cochinos, del cual aparece, al tratar el tema de la organización y etapas de la operación encaminada a la invasión mercenaria, de manera categórica, la participación directa del Presidente de los Estados Unidos de América, de la CIA, del Estado Mayor Conjunto del Ejército, de la Marina, de la Fuerza Aérea y de la Infantería de Marina de dicho país, y asimismo se constata que desde el diecisiete de marzo de mil novecientos sesenta el Gobierno demandado adoptó formalmente un programa al que denominó "...de Acción Encubierta contra el Régimen de Castro", aprobado, como antes se refirió, por el Presidente Eisenhower, y entre las medidas indicadas a la CIA se encontraba la de desarrollar fuera de Cuba una pequeña fuerza paramilitar para ser introducida dentro de la Isla con el objetivo de organizar, entrenar y dirigir grupos de resistencia, y en ese mismo documento aparece que en la reunión efectuada para su aprobación estaban presentes los más altos funcionarios del Gobierno norteamericano, entre los que se encontraban el Vicepresidente Richard Nixon, el Secretario de Estado Christian Herter, el Secretario del Tesoro Robert B. Anderson, el Secretario Asistente de Defensa John N. Irwin, el Subsecretario de Estado Livingston T. Merchant, el Secretario Asistente de Estado Roy Rubottom, el Almirante Arligh Burke, del Estado Mayor Conjunto, el Director de la CIA Allen Dulles, así como los altos oficiales de dicha agencia Richard Bisell y J. C. King, y los funcionarios de la Casa Blanca Gordon Gray y el general Andrew J. Goodpaster; y según memorándum recientemente desclasificado sobre la expresada reunión, cuya copia obra unida a estas actuaciones, el que se valora a tenor de la misma regla legal mencionada, el citado Goodpaster anotó que: "...el Presidente dijo, que él no conocía plan mejor para manejar esta situación. El gran problema es la filtración y las fallas de seguridad. Todo el mundo tiene que estar dispuesto a jurar que él, no sabe nada de esto. Dijo que nuestras manos no deben aparecer en nada de lo que se haga", texto el expuesto que demuestra una vez más la participación directa del demandado en los hechos controvertidos, y, es más, del propio informe se aprecia un conjunto de acciones ejecutadas por la CIA con el objetivo de atacar a la Revolución Cubana, entre las que se destaca la creación por parte de esta Agencia de un grupo especial para dirigir las operaciones contra Cuba, apoyándose en las transmisiones de la emisora Radio Swan, y que resulta ser la misma emisora a que se hace referencia en el considerando tercero de esta resolución; el envío de veinticinco mil dólares en armas a la base de entrenamiento que la CIA había organizado en Panamá para los exiliados cubanos y que fue activada el once de mayo de mil novecientos sesenta; el veinticinco del propio mes y año, en Miami, se produce la apertura de otra base en el distrito de negocios de Coral Gables bajo cobertura de una firma de Nueva York que era respaldada por un contrato de defensa; la también apertura el quince de junio de un centro de comunicaciones con cobertura del ejército en la que había sido estación aeronaval de Richmond, bajo arrendamiento de la Universidad de Miami; el comienzo en el mes de julio del propio año de un programa de entrenamientos aéreos, habiéndose negociado la entrega de aviones y de profesores de instrucción de pilotos, así como el mantenimiento de naves; y, por si fuera poco, en el mes de agosto se presentó al Presidente de Estados Unidos un documento que esbozaba las operaciones a ejecutar contra Cuba, que fue aprobado, y a finales de septiembre se produjeron de manera casi simultánea la primera operación marítima y el primer lanzamiento de carga en paracaídas sobre Cuba, designándose en ese propio mes como jefe del personal paramilitar de estas operaciones al Coronel de Infantería de Marina Jack Hawkins, al otorgársele una importancia mayor a la creación de una fuerza de asalto. Es así que durante los primeros meses del año mil novecientos sesenta y uno se comienza a utilizar la base militar de Fort Knox, perteneciente al ejército de Estados Unidos, con el objeto de entrenar a los tanquistas, al propio tiempo...
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