INFORME
DE CUBA AL SECRETARIO GENERAL DE LA ONU
Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y
financiero de los Estados Unidos contra Cuba
Tras la máscara de una aparente flexibilización se ha recrudecido la guerra económica
Más del 90% del volumen total del comercio con subsidiarias de empresas de EE.UU.
correspondía a alimentos y medicinas, cuando en 1992 esas operaciones fueron prohibidas
por le Ley Torricelli "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial
y financiero de los Estados Unidos contra Cuba"
INTRODUCCION
Víctima de una de las políticas de Estado más
inhumanas a la que pueblo alguno se haya enfrentado, Cuba ha sido objeto desde el mismo
triunfo de la Revolución Cubana, en 1959, de una cruel y despiadada guerra económica.
Esta guerra la conduce el país más poderoso de
la tierra, los Estados Unidos de América, con el propósito no logrado de reimponer su
dominio neocolonial sobre el país. En abril de 1960, ante la decisión del pueblo y
gobierno cubanos de defender su derecho a llevar a cabo una Revolución social
emancipadora que pusiera fin a varios siglos de injusticias y dominio foráneo, el
Departamento de Estado, mediante un documento oficial, proclamaba la necesidad de
imponerle a Cuba sanciones económicas que produjeran "el hambre, la desesperación y
el derrocamiento del gobierno".
Desde entonces y hasta hoy, ninguna de las
administraciones que se han sucedido en el poder en los Estados Unidos, ha cejado un
ápice en sus objetivos ni ha escatimado medios para alcanzarlos. Por el contrario, éstos
han sido desarrollados, refinados y ampliados. Dicha política se instrumenta mediante un
complejo cuerpo de leyes; escandalosas presiones de todo tipo sobre empresarios y
gobiernos de terceros países; persecuciones obsesivas de cuanta actividad económica o
científica realiza Cuba en el exterior para obstaculizarla y frenarla; así como a
través de una colosal campaña de desinformación en torno a Cuba con el objetivo de
desvirtuar la realidad del país y su pueblo.
Se trata, pues, de asfixiar económicamente a toda una
nación y privarla de los medios fundamentales de su subsistencia, para provocar el
quebrantamiento de su firme voluntad de independencia. Esta política ha causado y
continua infligiendo onerosas afectaciones al bienestar material, psíquico y espiritual
del pueblo cubano, limita su desarrollo económico y social, y ha obligado a sucesivas
generaciones de cubanos a vivir bajo un clima de permanente hostilidad y tensión. Seis de
cada diez cubanos han nacido y vivido bajo las condiciones impuestas por esta política.
La guerra económica de los Estados Unidos contra Cuba
carece, asimismo, de todo fundamento legal y, según lo dispuesto en el inciso c del
Artículo II de la Convención de Ginebra para la Prevención y la Sanción del Delito de
Genocidio, del 9 de diciembre 1948, califica como un acto de genocidio y, por
consiguiente, constituye un delito de derecho internacional.
EL GOBIERNO DE EE.UU. FUE DECLARADO CIVILMENTE
RESPONSABLE DE ACTOS ILICITOS CONTRA CUBA Y CONDENADO A PAGAR UNA INDEMNIZACION POR 121
000 MILLONES DE DOLARES
Como indicara el informe presentado por Cuba el pasado
año, en respuesta a la solicitud de información por parte del Secretario General sobre
la aplicación de la resolución 54/21 de la Asamblea General, el pueblo de Cuba decidió
la presentación ante los tribunales cubanos de una demanda por daños económicos
provocados por el bloqueo y por la guerra económica que durante más de cuatro décadas
nueve sucesivas Administraciones estadounidenses han librado contra Cuba. En virtud de
dicha demanda, y tras el correspondiente proceso legal, el Gobierno de los Estados Unidos
fue declarado civilmente responsable de actos ilícitos realizados contra Cuba y condenado
a reparar e indemnizar al pueblo cubano en la cuantía de 121,000 millones de dólares.
Desde el 24 de noviembre de 1992, fecha en que la
Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la resolución 47/19, en la que por
primera vez se señaló la necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y
financiero de los Estados Unidos contra Cuba, hasta hoy, los gobiernos de ese país no han
hecho más que desconocer la voluntad de la comunidad internacional, arreciando incluso
los instrumentos de su política.
Ese mismo año se había aprobado la Ley Torricelli, que
reforzaba la dimensión de la extraterritorialidad en todo el entramado de legislaciones y
medidas que conforman el bloqueo contra Cuba desde hace cuatro décadas, y cuatro años
después, en 1996, utilizando los más burdos pretextos, el gobierno estadounidense dictó
una de las legislaciones que más repulsa ha concitado de la comunidad internacional, por
su carácter injerencista, extraterritorial y violatorio de los más elementales
principios del Derecho Internacional: la Ley Helms-Burton.
Es válido situar a estas dos últimas legislaciones en
su contexto histórico apropiado. La primera, la Ley Torricelli, se aprobó por el
gobierno de los Estados Unidos en el momento en que nuestro país comenzaba a reorientar
con éxito su comercio exterior hacia Europa Occidental, Canadá, América Latina y el
Caribe y otros países, luego de que el colapso de la comunidad socialista europea y la
Unión Soviética impactara con fuerza sobre nuestras relaciones económicas
internacionales. En otras palabras, esta Ley tuvo el propósito esencial de impedir la
recuperación de la economía cubana.
Luego, en 1996, cuando ya se observaba que la economía
cubana había logrado resistir los más duros embates de la desaparición de sus socios
económicos y comerciales históricos y el recrudecimiento del bloqueo, y comenzaban a
producirse resultados económicos positivos, el gobierno de los Estados Unidos instaló la
Ley Helms-Burton como flamante pilar de su política agresiva contra Cuba. Esta
legislación, injerencista por naturaleza, pretende dictar, en sus Títulos I y II, cómo
debe ser el ordenamiento político, económico y social de un Estado soberano vecino,
Cuba, y promueve la subversión como vía para lograr sus propósitos, y en sus Títulos
III y IV intenta internacionalizar el bloqueo imponiéndole normas y reglas a la comunidad
internacional sobre cómo desarrollar las relaciones económicas con la nación cubana, y
estableciendo sanciones contra ciudadanos de otros países por sostener negocios con Cuba.
El carácter injerencista de esta Ley constituye el más
rotundo mentís a aquellos que pretenden equiparar el bloqueo contra Cuba con un
"embargo" que sólo involucra a las relaciones entre dos Estados. La Ley
Helms-Burton es, además, extraterritorial en toda su dimensión, pues trata de intervenir
descaradamente en los destinos de un país fuera de las fronteras de los Estados Unidos, o
sea, que no pertenece a su territorio (Títulos I y II), a la vez que pretende imponerle
al resto de los Estados soberanos del planeta la legislación estadounidense como norma de
valía universal (Títulos III y IV).
Se promueve, además, la emigración ilegal e
indiscriminada de los cubanos hacia los Estados Unidos a través de la conocida "Ley
de Ajuste Cubano", a riesgo de sus propias vidas, y en contradicción con los
acuerdos migratorios firmados entre ambos países.
Desde 1994, y con el declarado objetivo de
"endurecer aún más el embargo contra Cuba y, por lo tanto, limitar la capacidad del
gobierno cubano de acumular divisas extranjeras", según fue expresamente declarado
por el Departamento de Estado, los Estados Unidos prohibieron el envío de remesas y
paquetes de alimentos y medicinas hacia Cuba, así como los viajes por motivos familiares
entre los dos países. En virtud de esta prohibición, los emigrados cubanos en Estados
Unidos constituyen el único grupo que tiene serias limitaciones para viajar a su país de
origen y para enviar ayuda económica a sus familiares en Cuba.
Asimismo, la Sección 211 de la Ley Ómnibus de
Asignaciones Presupuestarias para el año 1999 se mantiene vigente en franca violación de
la propia legislación y los compromisos de Estados Unidos en materia de propiedad
intelectual, y en contradicción con al menos tres de los Artículos del acuerdo ADPIC
(aspectos de los derechos de la propiedad intelectual relacionados con el comercio), en
tanto se refiere al término "nacional designado" como criterio para su
aplicación. A resultas de dicha Sección, se intenta escamotear la marca de ron cubano
Habana Club a sus legítimos propietarios, atribuyéndosele a reclamantes espurios
radicados en los Estados Unidos, con lo que se afecta a la compañía francesa
Pernod-Ricard y a Cuba.
LA ACTUAL ADMINISTRACION HA HECHO DE SUS
COMPROMISOS CON LA MAFIA ANEXIONISTA DE MIAMI EL FUNDAMENTO DE SUS ACCIONES
A la luz de estas circunstancias, ahora que el
poder ejecutivo de los Estados Unidos ha sido ocupado por una nueva Administración,
tendría sentido que la comunidad internacional se preguntara: ¿Qué ha cambiado
realmente en la política de bloqueo de los Estados Unidos contra Cuba, después de
adoptada por una mayoría absoluta de 167 votos a favor la resolución 55/20 de la
Asamblea General?
En realidad, la política agresiva contra nuestro país
se ha recrudecido desde el 20 de enero del año 2001, cuando ocupara el poder en los
EE.UU. un nuevo gobierno, que ha hecho de la retórica anticubana y de los compromisos
asumidos con la mafia anexionista con sede en Miami, el fundamento de sus acciones contra
Cuba. Dicha Administración, con el mayor cinismo, ha anunciado públicamente que no sólo
mantendrá su política de bloqueo y de intentar aislar a una Cuba independiente y
soberana, sino que buscará todos los medios para hacer sus acciones más efectivas y
abarcadoras. Es bajo este telón de fondo que el 56 período de sesiones de la Asamblea
General de la ONU deberá examinar nuevamente este tema, más de nueve años después de
haberse aprobado la primera resolución de condena al bloqueo estadounidense contra Cuba.
FLEXIBILIZACIÓN VS. RECRUDECIMIENTO DEL BLOQUEO.
Con el fin de neutralizar los esfuerzos de un movimiento
incipiente de fuerzas sociales opuestas a la política de bloqueo dentro de los Estados
Unidos, la anterior administración del Presidente William J. Clinton utilizó todos los
resortes políticos y de los medios masivos para promover la idea de una supuesta
"flexibilización" del bloqueo contra Cuba. Con ello se perseguía no sólo el
objetivo antes enunciado en el plano doméstico, sino, además, el de desmovilizar la
creciente oposición de la comunidad internacional a dicha política.
En realidad, tras la máscara de la aparente
"flexibilización" se ha producido un recrudecimiento de la guerra económica
contra Cuba y una ampliación de las medidas y acciones prácticas que conforman la
política del bloqueo.
Al respecto, es preciso que se conozca que cuando en el
Congreso de los Estados Unidos comenzaron a estructurarse y ganar simpatías algunas
iniciativas dirigidas a permitir la venta de medicinas y alimentos a Cuba entre 1999 y el
año 2000 las que tenían el apoyo de distintos sectores sociales, religiosos y
empresariales-; influyentes y muy poderosos grupos de cabildeo, representados por el
liderazgo republicano y los congresistas cubano-americanos, lograron no sólo impedir que
esas propuestas fuesen aprobadas, sino que impusieron en el Legislativo restricciones
adicionales a las que ya existían, y que en términos prácticos se tradujeron en un
endurecimiento del bloqueo.
Esas nuevas restricciones resultaron en:
El mantenimiento del complejo y burocrático
proceso de otorgamiento de licencias que hasta hoy sigue impidiendo las ventas de
medicinas y alimentos a Cuba;
La prohibición al Presidente de los Estados
Unidos de autorizar cualquier asistencia gubernamental a las ventas de medicinas y
alimentos con destino a Cuba, al tiempo que se levantaban esas restricciones para otros
países que hasta ese momento no podían importar medicinas y alimentos;
La prohibición del financiamiento privado
norteamericano para las ventas agrícolas a Cuba, con lo que ninguna persona o entidad de
los Estados Unidos puede ofrecer financiamiento o crédito para las ventas de productos y
equipos agrícolas a la isla;
El mantenimiento de la prohibición de importar
productos de origen cubano, que hayan sido ubicados o hayan sido transportados desde o a
través de Cuba;
El congelamiento de las limitadas categorías, que
previa solicitud de licencias, podían utilizar hasta ese entonces algunos ciudadanos
norteamericanos para viajar a Cuba;
La prohibición por fuerza de ley a los ciudadanos
de los Estados Unidos de visitar Cuba, lo que hasta ese momento era una prerrogativa del
ejecutivo.
El 28 de octubre del año 2000, el Presidente Clinton
firmó el proyecto que contenía estas nuevas restricciones, con lo cual las convirtió en
Ley de los Estados Unidos.
Asimismo, la actual Administración republicana del
Presidente George W. Bush, ha difundido la falacia de que desde 1992 se permite la venta
de alimentos y medicinas a Cuba; de que en 1998 se modificaron las regulaciones del
Departamento de Comercio para facilitar aún más el otorgamiento de licencias para las
ventas de productos médicos; y de que el gobierno norteamericano apoyó la celebración
de una Feria comercial de productos médicos en La Habana en el año 2000, donde
prácticamente todos los productos exhibidos fueron vendidos a instituciones médicas
cubanas, por un valor superior a un millón de dólares.
En relación con la Feria de productos médicos
norteamericanos realizada en La Habana en el año 2000, la misma no se efectuó con el
apoyo del gobierno de los Estados Unidos, sino a pesar de los obstáculos y limitaciones
impuestas por éste.
En esa ocasión la empresa cubana EMIAT negoció tres
contratos para la adquisición de equipos médicos con las compañías Chattanooga Group
de Tennessee, Llanna Instrument de Rhode Island y Striker de la Florida, todos los cuales
fueron desestimados por la contraparte cubana después de transcurrido un tiempo por no
haber sido otorgadas las licencias para materializar esas transacciones. La empresa cubana
se vio obligada a acudir a proveedores de otros países.
II PARTE
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