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partir del 7 de febrero prohibido
fumar en locales públicos
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El tabaquismo se
erige hoy como la mayor causa prevenible de
enfermedades. Fumar ocasiona cáncer y daños
irreparables en el corazón. Deberán elevarse las
acciones educativas. Son decisivos la comprensión y
el apoyo de la población a estas medidas
José A. de la Osa
La prohibición
de fumar en todos los locales públicos, climatizados
o cerrados, oficinas, salones de reuniones, teatros,
cines y salas de video, se pondrá en vigor el
próximo 7 de febrero en todo el país, de acuerdo con
una resolución del Ministerio del Comercio Interior,
organismo facultado por el Comité Ejecutivo del
Consejo de Ministros para regular en el territorio
nacional lo relacionado con el consumo de cigarros y
tabacos.
La medida se
hace extensiva a conductores y pasajeros de ómnibus,
taxis, trenes y en todas las instalaciones
deportivas para los atletas, trabajadores y otros,
con vistas a lograr un movimiento de respeto al
derecho del no fumador, y, asimismo, a toda persona
encargada de elaborar y expender alimentos durante
la prestación del servicio.
Luego de la
desaparición o reducción en Cuba de un gran número
de enfermedades infectocontagiosas, por el
sistemático quehacer de la Revolución a favor de la
salud pública, se ha pasado a la mortalidad por
afecciones crónicas no trasmisibles, especialmente
dolencias del corazón, tumores malignos y
enfermedades cerebrovasculares.
Los factores de
riesgo que afectan a la población se encuentran
sobre todo en las conductas, hábitos y estilos de
consumo que genéricamente constituyen lo que se
denomina "estilos de vida no saludables".
El tabaquismo,
que se erige hoy como la mayor causa prevenible de
enfermedades en Cuba y en el mundo, es el
responsable del 30% de las muertes por cánceres, y,
según rigurosas estadísticas, existe una alta
prevalencia nacional de fumadores.
La resolución
también prohíbe fumar al personal de salud,
pacientes, acompañantes y visitantes en todas las
instalaciones del Sistema Nacional de Salud y en los
centros educacionales.
En todos los
centros de trabajo que no se encuentren adscritos a
salud o educación, se deberán crear y señalizar
adecuadamente áreas al aire libre para los
fumadores, donde no perjudiquen a las personas no
fumadoras.
Igualmente, con
la finalidad de respetar el derecho del no fumador a
respirar un aire limpio, en los restoranes,
cafeterías con comida, centros nocturnos y otras
formas de servicios donde los clientes permanezcan
en esas instalaciones y no sean climatizadas (o
cerradas), se crearán condiciones para diferenciar
las áreas y mesas para los fumadores, y el personal
de servicio deberá informarlo a los usuarios para
que ellos elijan el sitio donde sentarse.
La resolución
plantea realizar acciones educativas coordinadas con
las Comisiones de Prevención y Atención Social, de
conjunto con las organizaciones de masas y sociales
de cada centro, que contribuyan a sensibilizar
acerca de la justeza de las medidas de prohibición
antes descritas.
En los
estantes, pizarras u otros medios de anuncio para la
venta de cigarros y tabacos, en establecimientos no
especializados, debe situarse un cartel visible y
legible que contenga algunas de las siguientes
advertencias sanitarias: Fumar produce serios
riesgos para la salud; ocasiona cáncer y daños
irreparables al corazón, le resta años a la vida.
Dejar de fumar es una elección muy sensata.
Se prohíbe
asimismo la utilización de máquinas automáticas
expendedoras de cigarrillos en el territorio
nacional, la venta de cigarros en cajas o al menudeo
y de tabacos a menores de 16 años, y la venta de
cigarros y tabacos en los centros gastronómicos
ubicados a 100 metros de los centros educacionales y
en instalaciones como el Palacio de los Pioneros y
Joven Club de Computación, entre otros.
La licenciada
María Juana Hernández, viceministra de Comercio
Interior, dijo a Granma que es importante la
comprensión y apoyo de la población a estas medidas,
dirigidas esencialmente a ganar más años a la vida
de cada uno de nuestros ciudadanos. |